Thursday, September 12, 2024

La Corte Suprema del Vaticano Decidirá Sobre las Pensiones de los Empleados del IOR

Atención, porque esta nota habla del IOR pero no se relaciona con el tema aquel de los esposos que trabajan allí y ahora se exponen a que uno de los dos (o los dos) pierda el empleo debido al reglamento interno de trabajo (aquí y aquí).

Artículo de Il Messaggero, Sep-12-2024.

La Corte Suprema del Vaticano decidirá sobre las pensiones de los empleados del IOR

Franca Giansoldati
jueves 12 septiembre 2024


Esta vez será la Corte Suprema del Vaticano la que resolverá la enésima controversia entre empleados y el IOR. Se trata de un caso que ha llegado al último grado de juicio después de que dos sentencias anteriores, en primera y segunda instancia, ordenaran al banco del Papa pagar la pensión correspondiente a los beneficiarios. Así, dentro de algún tiempo, un tribunal presidido por el cardenal Matteo Zuppi, presidente de la CEI, será llamado a deliberar al respecto y a decidir si la pensión debe considerarse un derecho adquirido también en el pequeño Estado pontificio.

Después del clamoroso caso de Romeo y Julieta, los recién casados que se conocieron detrás de los mostradores y ahora están destinados a ser despedidos debido al nuevo reglamento en vigor (que prohíbe los matrimonios entre empleados del IOR), surge otra circunstancia espinosa en el horizonte que ya ha generado perplejidad, especialmente por cómo se ha manejado hasta ahora.

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Los protagonistas esta vez son los ex administradores Paolo Cipriani y Massimo Tulli, que se metieron en problemas por mala gestión, quienes solicitan la pensión acumulada después de haber trabajado en el Vaticano durante décadas. Los magistrados del Papa reconocieron, tanto en primera como en segunda instancia, la legitimidad de las solicitudes, ordenando al IOR pagar, naturalmente previa deducción de un tercio de la suma (en Italia es un quinto) ya que ambos fueron condenados en 2022 por una serie de inversiones que no salieron bien y resultaron perjudiciales.

Los magistrados escribieron que el IOR debe «pagar a los recurrentes todas las cuotas de la pensión correspondiente, con la deducción de un tercio, además de los intereses desde la maduración de cada cuota». Finalmente, en la sentencia, también se condenaba al Instituto a pagar los costos del juicio.

El caso judicial de Tulli y Cipriani, muy complejo y controvertido, había suscitado en su momento muchas polémicas. Inicialmente, los dos funcionarios también habían sido condenados por el Tribunal de Roma, pero luego en apelación fueron absueltos con la fórmula: «porque el hecho no existe». El caso estaba relacionado con presuntas irregularidades vinculadas al movimiento de 23 millones incautados en 2010.